Las empresas conectadas al SIN tienen un año para «cerrar» sus plantas eléctricas. Cainco cuestionó que se deje de priorizar el abastecimiento de gas natural para el mercado interno
El Gobierno resolvió que en el plazo de un año no entregará más gas a la industria nacional para la generación de electricidad y que esos volúmenes se destinarán al mercado “que genere mejores ingresos al Estado”.
La decisión se concretó a través del Decreto Supremo 4749, que “a fin de hacer un uso eficiente de combustibles fósiles en la producción de energía eléctrica” modifica la definición “Categoría Industrial” inserta en el “Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes”.
Con este ajuste se reconoce el uso de gas natural como combustible en establecimientos industriales que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados, pero ya no el uso de este recurso de manera complementaria en la generación de electricidad para consumo industrial.
La disposición final tercera de la norma, aprobada el 7 de septiembre pasado, establece que “los volúmenes de gas natural que dejen de consumir los usuarios de la categoría industrial, en el marco del presente Decreto Supremo, serán destinados por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para el mercado que genere mejores ingresos al Estado”.
La Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) cuestionó que, luego de pedir en 2014 al sector privado que invierta en la instalación de sus propios generadoras eléctricas a gas, el Gobierno del MAS instruya el “cierre” de esas plantas.
El Decreto 4749 indica que sus disposiciones se aprobaron “en el marco del principio de eficiencia y con la finalidad de garantizar, a corto, mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos”.
“A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, los usuarios de redes de gas que utilizan complementariamente el gas natural en la generación eléctrica para consumo propio, que tengan acceso al Sistema Interconectado Nacional (SIN), deben adecuarse a lo establecido en un plazo no mayor a un año”, cita el documento.
La disposición final segunda de la norma establece que los usuarios de redes de gas que cuenten con equipos de generación de energía de respaldo podrán utilizarlos “sólo en caso de existir fallas en el SIN, mientras dure el evento”.
La disposición final primera, a su vez, detalla que los usuarios y/o solicitantes que no tengan acceso al SIN, debidamente certificado por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (ETN), «podrán utilizar complementariamente el gas natural en la generación eléctrica para consumo propio, debiendo actualizar dicha certificación cada dos años».
Según la Cainco, la compra de electricidad del SIN incrementará los costos de la industrias e incidirá en un aumento de precios al consumidor final, lo que incentivará el contrabando.
«Los bolivianos tienen prioridad en el consumo de gas, pero en los hechos nos quitan el gas a los bolivianos par exportarlo», dijo Luis Fernando Strauss, gerente de Desarrollo Empresarial de la institución.
Fuente: El Deber, 27 de Septiembre