Fuente: Página Siete, 03 de julio de 2022.

Una crítica de seis puntos al sistema de impuestos y a una variedad de formularios y sanciones que no incremetan las recaudaciones.

e han cumplido 36 años desde que se aprobó la Ley 843, de Reforma Tributaria . Han pasado 10 presidentes de todo signo ideológico –derechistas, izquierdistas, populistas– y sigue inalterable. Esta reforma había sido concebida en el contexto de una crisis económica profunda, un sistema tributario colapsado, hiperinflación estratosférica, crisis de la deuda. En ese contexto, la solución neoliberal fue el DS 21060, que aún sigue vigente.

La ley tributaria era relativamente simple: 98 artículos, siete impuestos –seis permanentes y uno temporal–, cada uno con su respectivo decreto reglamentario. En diciembre de 1994 se sustituyó el impuesto a la renta presunta de empresas por el impuesto a las utilidades (IU). En el año 2000 se incorporó el impuesto especial a los hidrocarburos y derivados (IEHD), gravando a la gasolina, diésel, grasas y lubricantes con impuestos específicos de monto fijo, por litro. En 2004, se creó el impuesto a las transacciones financieras. Finalmente, en 2005 se introdujo el impuesto directo a los hidrocarburos (IDH).

En los 15 años del “proceso de cambio”, no se ha hecho sino ajustes marginales. Se ha creado el impuesto a la venta de moneda extranjera, el impuesto al juego y a la participación en juegos, se ha incrementado el IU de los bancos y ya en el gobierno de Arce, el impuesto a las grandes fortunas. Eso es todo. Por este último impuesto durante 2021 se han recaudado 240,8 millones de bolivianos –0,9% de la recaudación anual–, lo que revela que el grueso de la recaudación es producto de la tan denostada ley “neoliberal”.

Con el pasar del tiempo, su administración está mostrando resultados adversos, no en cuanto a la recaudación, porque a pesar de todo ésta va viento en popa, sino en cuanto a su cobertura, mora tributaria, normativa complicada, sancionatoria, aplicativos múltiples. Veamos:

– No se ha universalizado la tributación. Unos pocos soportan la carga. A diciembre de 2021, había 442.133 contribuyentes empadronados, apenas 13.917 más que en 2020. Pero el año 2021 se habían empadronado 68.666 nuevos contribuyentes; entonces, 54.746 fueron dados de baja del padrón.

A este ritmo, está claro, que nunca se universalizará la tributación. Hay miles de elefantes disfrazados de hormigas. Solamente, a manera de ilustración: 250 mil comercializadores de ropa usada, 800 mil gremiales y por lo menos una decena de miles de cocaleros, que no están empadronados en el SIN.

– Mora tributaria. En un proyecto de ley que se envió a la Asamblea Legislativa en 2020, se informaba que la mora tributaria en 2010 alcanzaba a 5.859 millones de bolivianos, misma que se había incrementado a 41.465 millones de bolivianos en 2019. En enero de este año (2022), el presidente del SIN daba cuenta de que la mora tributaria alcanza a 55.000 millones de bolivianos –32,6% de crecimiento en dos años–; y resignado remataba “…no es una cartera cobrable”, aunque informaba que se había recuperado 704,9 millones de bolivianos, (1,3% de la mora tributaria).

Si la mora es tan alta, el doble de la recaudación anual de 2021 que fue de 27.324,1 millones de bolivianos, y crece a tasas exponenciales; y la recuperación es ínfima -1,3%-, está claro que, a este ritmo, no se recuperará nunca la deuda tributaria.

– La normativa tributaria es ampulosa, dispersa, sobrepuesta, fragmentada. Por su cantidad, supera con creces el nuevo testamento. Todos los años se dictan, en promedio, 37 resoluciones normativas de directorio. De acuerdo a la página web de Impuestos, desde la reforma tributaria hasta abril de este año, se han emitido, aproximadamente, 1.310 resoluciones administrativas. Normas respecto a las cuales, los contribuyentes tienen que estar actualizándose permanentemente, si quieren evitarse sanciones.

– Aplicativos. Cuando se implementó la reforma tributaria, se la criticaba por la excesiva cantidad de formularios que había que llenar para pagar impuestos. Ahora a los formularios hay que sumarles la proliferación de los aplicativos informáticos. La tecnología debiera emplearse para hacerle más fácil la vida al contribuyente, no para atormentarlo. A este paso, los contribuyentes no solamente necesitarán de contadores públicos, sino también de informáticos.

– Sistemas de facturación. La regulación sobre las características de las facturas: autorización, impresión, emisión, registros, se inició con la resolución administrativa 299 en 1994. Desde entonces se han dictado varias resoluciones, llegando a la facturación electrónica, cuya implementación se encuentra en su fase de transición. A lo que debe sumarse la constante “caída” o saturación del sistema que pone en aprietos a los contribuyentes de última hora.

– Deberes Formales. Las sanciones por incumplimiento a “deberes formales” son un verdadero dolor de cabeza. En 2004, mediante resolución administrativa 10 0021 04, se sistematizó en una sola norma las contravenciones tributarias y sus sanciones. En esa resolución se establecieron 41 contravenciones tributarias, algunas de alcance general y otras específicas para los regímenes especiales. En 2007, se incrementaron a 64 contravenciones. En 2015, a 98. Y así sucesivamente, hasta llegar a 115 contravenciones en 2021. Hay que ser un verdadero equilibrista para no incurrir en alguna infracción.

Este rápido recuento refleja que el sistema tributario no es “Facilito” como se publicita, sino complicado, tanto que en lugar de facilitarle la vida al contribuyente, se la hace a cuadritos.

Algunas sugerencias para su reencauzamiento:

– Incrementar la cantidad de contribuyentes podría disminuir la carga que recae sobre pocos.

– Un programa de regularización de deudas tributarias, similar al de 1986 –impuesto especial a la regularización impositiva– podría sincerar esta deuda (lo que está lejos de ocurrir con el actual proyecto de ley de “perdonazo tributario”).

– Compilar y simplificar la normativa tributaria en un texto único ordenado.

– Simplificar y disminuir los formularios y aplicativos informáticos. Se suele decir, más fácil mejor. Menos es más (menos aplicativos, más recaudaciones).

– Minimizar las contravenciones tributarias y sus sanciones a lo estrictamente necesario. La iglesia, milenaria, tiene 10 mandamientos y una sanción.

“A los formularios hay que sumarles la proliferación de los aplicativos. La tecnología debiera emplearse para hacerle más fácil la vida al contribuyente, no para atormentarlo”.

Fuente: Página Siete.

https://www.paginasiete.bo/ideas/a-36-anos-de-la-reforma-tributaria-IC3051802

Por Bolivia