El Gobierno Nacional oficializó la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del Decreto 377/2023.

La norma, publicada hoy (24.07.20243) en el Boletín Oficial, precisó que no se grava la importación, sino la compra de billetes para hacer esa operación de los bienes y servicios, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.

Así se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de servicios en el exterior, excepto fletes, al que se aplicará una alícuota del 7,5%; salud y educación, que quedan exentos; y los recitales, que ya pagan el 30% y continuarán sin cambios.

Este impuesto se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca, y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

Por su parte, los bienes suntuarios siguen pagando 30% de impuesto.

Asimismo, no se aplica el impuesto a las importaciones temporales (como automotriz o el sector agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo. Por ejemplo, se tendrá que vender la camioneta antes de comprar las baterías.

Fuente: Aduana News

https://aduananews.com/el-gobierno-aplica-impuesto-pais-para-el-dolar-importador-de-bienes-y-servicios/

Por Bolivia