Este beneficio había sido incluido en la Ley de Inversión Social y buscaba ayudar y facilitar la reactivación económica de estas actividades durante 2022
Los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) deberán actualizar el Registro Único Tributario (RUT) y reemplazar la responsabilidad 50 o 57, “no responsable del impuesto al consumo”, según corresponda su naturaleza jurídica, por la 33 “responsable del Impuesto Nacional al Consumo”.
Así lo informó este martes la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) al precisar que la actualización que deben hacer estos contribuyentes se debe a que el beneficio que otorgó la Ley de Inversión Social tendrá vigencia hasta el próximo 31 de diciembre del presente año.
“Para tal fin, la entidad dispuso el servicio electrónico del RUT para que las personas naturales hagan por autogestión, la actualización correspondiente ingresando como usuario registrado al portal transaccional de la Dian. Entre tanto, las personas jurídicas podrán hacer el proceso por medio de cita virtual o presencial, a través de la página web de la Dian (www.dian.gov.co), en la opción ‘Asignación de citas’”, explicó la entidad.
La misma advirtió que quienes no cumplan con lo anterior se verán expuestos a sanciones penales, conforme con lo consagrado en el artículo 402 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal).
“Esta medida establecida por la Ley de Inversión Social buscó ayudar y facilitar la reactivación económica de estas actividades, mediante la exoneración de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022″, recordó la Dian.
Finalmente, la entidad reiteró que el Régimen Simple de Tributación es un mecanismo que le apuesta a las ideas que se convierten en negocios y sueñan con ser grandes empresas.
Además, que los beneficios que ofrece este régimen buscan abrir puertas para que las empresas sean fuentes de generación de nuevas plazas laborales y así logren un aumento en la productividad y rentabilidad, lo que las convertirá en empresas más competitivas en el mercado y agentes movilizadores de la economía del país.
Otros aumentos en 2023
Con 2023, que está a unos días, llegarán los aumentos en el precio de algunos productos y servicios jalonados por la cifra de inflación, que hasta noviembre llegó al 12,53 %, y por el aumento del salario mínimo para el próximo año será del 16 %.
Con el dato de inflación se conocerá entonces el aumento en el pago de los arriendos, las matrículas educativas, los peajes y los avalúos catastrales.
Sobre el pago de los arriendos, la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) solicitó a los propietarios de viviendas alquiladas que no se excedan con este aumento de precios y se sugirió que se llegue a un acuerdo entre arrendatario y arrendador para que el incremento no sea tan alto y no se vean tan perjudicadas ambas partes.
Entre tanto, con el aumento del salario mínimo subirán el copago o cuotas moderadoras de las EPS, el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (Soat) y los aportes al sistema de pensiones, los cuales aumentarán conforme se ajuste el pago de miles de trabajadores en el país.
Por otro lado, luego de que el Gobierno nacional decretó que entre octubre, noviembre y diciembre de este año el precio de la gasolina tuvo un incremento de 200 pesos en cada uno de esos meses -quedando así a finales de 2022 hasta 600 pesos más costosa- el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, anunció que en 2023 habrá una nueva alza, incluso para el Acpm o diésel.
Fuente: Infobae, 28 de Diciembre de 2022