Para el caso de Alumbrado, Barrido y Limpieza, se seguirá tomando el IPCBA. El incremento de lo que paguen los automotores no podrá superar el índice acumulado, aunque el valor fiscal del vehículo lo supere. Los autos de hasta $1.000.000 pagarán menos

Durante la sesión de ayer en la Legislatura se aprobó el Presupuesto porteño para 2023

La Legislatura porteña aprobó ayer el Presupuesto 2023 de la Ciudad de Buenos Aires. Juntos por el Cambio impuso su mayoría y con 33 votos a favor -de Vamos Juntos, UCR-Evolución, Republicanos Unidos y Consenso Federal-, y 27 en contra -del Frente de Todos, la Izquierda y Libertad Avanza- quedó aprobado el proyecto que prevé gastos de $2,154 billones.

El presupuesto para el año que viene de la administración porteña incluye una novedad: no habrá aumento de impuestos ni la creación de nuevos tributos.

Según lo aprobado este jueves, se estableció que el aumento en las Patentes no pueda superar la inflación (registrada durante el período Noviembre 2021-Octubre 2022), aunque la valuación de los vehículos sea mayor. Es decir que los impuestos sobre automotores se aplicarán bonificaciones a favor del contribuyente para morigerar la incidencia de los incrementos de precios de vehículos en el mercado y, de esta manera, se mantenga también el precepto de no generar aumentos por encima del IPC porteño.

En tanto, para el ajuste por inflación del impuesto Inmobiliario y de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) regirán similares normas a las actuales, que ponen como límite de incremento nominal el índice de precios al consumidor en la Ciudad (IPCBA).

“En el 2023, este cálculo se seguirá realizando de manera mensual y progresiva, a diferencia de la anterior metodología, que aplicaba el incremento directamente en la primera cuota y en su totalidad”, explicaron a Infobae desde la administración porteña. Así, para la primera cuota correspondiente a Enero 2023 se tomará la inflación de Agosto 2022, que fue del 6,2% y así sucesivamente mes a mes.

Los autos de hasta $1.000.000 pagarán menos

En el caso de las Patentes, el fisco porteño planea recaudar $65.542 millones, un 3,4% del total de sus recursos. Sin embargo, habrá un tope en este impuesto: no podrá superar la inflación acumulada, aunque la valuación de los autos la supere.

“Se aplica este tope con el objeto de evitar que el impuesto sobre la patente vehicular se incremente de manera desmedida por la suba de las valuaciones en el mercado automotor”, aclararon las mismas fuentes.

Existen 4 categorías distintas de alícuotas en CABA. Dicho resultado es el que luego se divide en las seis cuotas bimestrales:

– Hasta $4.900.000 es 3,2%.

– Hasta $6.750.000 es 4%.

– Hasta $9.800.000 es 4,5%.

– Valores superiores a los $9.800.000 es 5%.

Asimismo, durante el debate legislativo de ayer, se acordó que si el valor fiscal del automotor es de hasta $1.000.000, la alícuota será ahora de 1,6% anual.

Más allá del incremento, los vecinos que paguen en fecha tendrán bonificaciones:

– Si pagan el total anual de una sola vez les descontarán 10%.

– Si abonan cada boleta bimestral antes del primer vencimiento, tendrán 10% de quita.

– Si se adhieren a un sistema de débito automático, además del 10% por cumplir con el vencimiento le bonificarán el 50% de la última cuota bimestral.

– Quienes paguen fuera de término tendrán un recargo del 5% en cada cuota bimestral, más los intereses resarcitorios correspondientes hasta la fecha de pago.

Con los montos del ABL el escenario será similar: las cuotas se actualizarán de acuerdo a la inflación, mes a mes.

En concepto de ABL, los contribuyentes que abonen el total anual, solo verán el impacto de la inflación del año anterior (74,6%), pero durante 2023 ya no sufrirán otro aumento. En tanto, los que paguen cada cuota mensual tendrán un 10% de rebaja. Y aquellos que utilicen el sistema de débito automático, además del 10% tendrán bonificada la cuota 12.

La administración de Horacio Rodríguez Larreta apunta a recaudar $111.100 millones, un 5,7% del total de sus recursos.

En el resto de los impuestos no habrá cambios, pero sí se mantendrán algunas exenciones.

Las embarcaciones deportivas o recreativas quedan excluidas de esta acotación.

Las categorías y topes del Régimen Simplificado se ajustarán por las mismas metodologías de los últimos años. Los valores vinculados con montos fijos y límites de exenciones se actualizarán al 75% de las variables económicas de alcance nacional.

Además, continuarán las alícuotas reducidas de Ingresos Brutos para los sectores productivos y se eximirá el 100% de ese impuesto para las pymes industriales y los comercios nuevos durante el primer año de actividad (50% de rebaja para el segundo).

Exenciones impositivas

– Exención total o parcial de ABL para Jubilados y Pensionados según lo previsto por la legislación.

– Exención para Personas con Discapacidad (ABL y Patentes) según lo previsto por la legislación.

– Exención de Ingresos Brutos de pleno derecho para profesiones liberales universitarias, actividades didácticas y/o pedagógicas, y actividades artísticas y/o culturales entre otras.

– Exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por dos (2) a los jóvenes de entre 18 y 29 años que se inscriban en el Régimen Simplificado.

Facilidades con condonación de intereses

La AGIP lanzó recientemente un nuevo Plan de Facilidades para pequeñas deudas con condonación de intereses, con el objetivo de incentivar el pago de los impuestos adeudados. El programa tendrá vigencia hasta el 15 de diciembre.

La medida busca acompañar a quienes desean ponerse al día pero que debido a la difícil situación atravesada en los últimos años no pudieron cumplir con sus obligaciones tributarias.

Las personas humanas y jurídicas que cancelen sus deudas menores a $320.550 nominal al contado (en una cuota), obtendrán el 100% de condonación de los intereses resarcitorios.

Asimismo, quienes posean deudas mayores a $320.550 nominal, podrán adherirse al Plan de Facilidades de carácter transitorio (Res. 4323/MHFGC/2022), el cual estará vigente durante el mismo período de tiempo y que permitirá a personas humanas y jurídicas pagar sus deudas hasta en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin intereses de financiación y sin límite de monto.

En ambos casos, se podrán incluir deudas administrativas y judiciales vencidas antes del 1° de agosto del 2022, así como también deudas de planes caducos previos a esa fecha.

fuente: Infobae, 11 de Noviembre de 2022

Presupuesto porteño 2023: no habrá aumento de impuestos ni nuevos tributos, pero ABL y Patentes se ajustarán por inflación – Infobae

Por Bolivia